PROHIBICIÓN ,MANIPULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE «PIROTECNIA EN SAUCE DE LUNA»

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MEDIANTE DECRETO N° 616 EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DISPONE AD REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE LA PROHIBICION DE MANIPULACION Y COMERCIALIZACION DE PIROTECNIA CON ESTRUENDO
* Se encuentra PROHIBIDO en el ámbito de la Jurisdicción de la Municipalidad de Sauce de Luna, la comercialización o venta al público, tenencia, detonación y manipulación de elementos o productos de pirotecnia que genere efecto AUDIBLE o SONORO.
*Se entiende por pirotecnia con ESTRUENDO a la técnica de fabricación y utilización de materiales explosivos, incluyendo cohetes, petardos, bombas de estruendo, cañas voladoras y cualquier otro elemento de carácter pirotécnico que produzca estruendo. .
*SANCIONES: El incumplimiento de lo dispuesto dará lugar a las siguientes sanciones, que podrán ser aplicadas conjunta o alternativamente, considerando para ello cada caso en particular y teniendo en cuenta la reincidencia del infractor, a saber:
1) Multa, que podrá oscilar entre el equivalente a un mínimo de CIEN (100) y un máximo de DOSCIENTOS (200), litros de nafta súper, según precios oficiales de YPF.
2) Decomiso y destrucción de los elementos probatorios de la infracción.
3) Si el infractor fuere comerciante, sea personas físicas o jurídicas, vendiere artículos de pirotecnia con estruendo, la autoridad de aplicación podrá disponer además, la clausura del local comercial, por un término mínimo de 5 (cinco) a un máximo de 10 (diez) días corridos. En caso de reincidencia, la clausura podrá oscilar entre un lapso mínimo de 20 (veinte) a máximo de 40 (cuarenta) días corridos.
4) Cuando se tratare de entidades no comerciales cualquiera sea su actividad y la infracción se produzca en lugares ocupados por las mismas, sea de manera permanente o transitoria, se trate de sitios públicos o privados, en espectáculos públicos o deportivos, de no identificarse las personas responsables de la infracción con una multa que oscilará entre un mínimo TRESCIENTOS (300) y un máximo de SETESCIETOS (700) litros de nafta súper según precios oficiales de YPF, dependiendo de la gravedad de la situación, la reincidencia y sus consecuencias.

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