Insisten con «El Presto» y llevaron el caso a Casación

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El Ministerio Público Fiscal acudió con un recurso a la Cámara de Casación Penal para discutir la absolución dictada el 14 de mayo último por el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, Santiago Brugo, en favor de Eduardo Miguel Prestofelippo, que en redes sociales se hace llamar «El Presto», sentado en el banquillo acusado de instigación a cometer delitos por una denuncia formulada en 2020 por el exintendente de Paraná, Adán Humberto Bahl.

 

Hace más de un mes, la Justicia absolvió de culpa y cargo a Eduardo Prestofelippo, alias «El Presto» en el juicio que le había iniciado el exintendente de Paraná, Adán Bahl, por instigación a cometer delitos. La denuncia fue presentada el 2 de mayo de 2020 luego de que «El Presto» difundiera un video en la red social YouTube en la que instó a ir a quemar la vivienda particular del exjefe comunal como reacción a la caída de contratos laborales en la Municipalidad.

 

El juez de juicio Santiago Brugo, a cargo del proceso, entendió que se trató más de «un editorial de carácter político» que de una acción delictiva. Y recordó que «El Presto» ya se había referido antes a Bahl y lo había calificado como «hijo de mil puta, que había que darle patadas en el culo».

 

El magistrado habló de la vehemencia del video pero en modo alguno se haya cometido un delito, como el denunciado.

 

El juez Brugo dijo que «se tiene por acreditado la existencia material del video y la difusión del mismo. En concreto, se comprobó que Eduardo Prestofelipo el 2s de mayo de 2020, mediante la red social YouTube, pidió a los trabajadores municipales que vayan a la casa del exintendente Adán Bahl y le prendan fuego con la familia adentro».

 

Pero enseguida reprochó que «la defensa no ha podido acreditar el pedido de disculpas a días de haber dicho que fueran a prender fuego a la casa de Bahl. Ese video no fue ofrecido como prueba. Las únicas disculpas de Prestofelippo fue las que dio al momento de prestar declaración de imputado».

 

Respecto del Ministerio Público Fiscal dijo que «como responsable de la carga probatoria. no pudo acreditar» el domicilio d Bahl ni del Sindicato de Trabajadores Municipales; tampoco «se ha acreditado que terceras personas hayan concurrido al domicilio de Bahl luego del 2 de mayo, cuando se presentó la denuncia. No se acreditó que haya concurrido alguien a la casa del denunciante el 7 de mayo de 2020».

 

«Se podría haber acreditado con las imágenes del denunciante. o de los funcionarios que custodiaban las 24 horas en el inmueble de Bahl», planteó Brugo y señaló que el exintendente tenía custodia permanente las 24 horas por parte de dos funcionarios policiales. Sólo quedó acreditado que el 23 de abril fueron cuatro personas a la vivienda particular del exintendente a efectuar un reclamo y por eso se reforzó la presencia policial.

 

«No se registró ningún incidente más después del 23 de abril en la casa de Bahl», analizó el magistrado. Y que «este fue el único episodio aislado que se acreditó a lo largo del debate». Señaló Brugo que «tampoco se ha acreditado» el temor de la familia de Bahl. Tampoco quién era la familia de Bahl, quiénes eran sus hijos, cuántos años tienen, cuántos son. Y que no fueron ofrecidos como testigos en el juicio

 

En el análisis del proceso, Brugo señaló que la encargada de Prensa de la Comuna, Camila Farías, que fue quien puso al corriente a Bahl de la existencia del video de «El Presto», no fue citada a declarar en el juicio.

 

Admitió que «El Presto» es un «periodista transgresor» y que utiliza un lenguaje «cínico» pero en modo alguno encontró la comisión de un delito en su video.

 

La denuncia contra «El Presto» ocurrió luego de que publicara en redes sociales un video en el que instaba “a los trabajadores municipales a que vayan a la casa del intendente de la Municipalidad de la ciudad de Paraná, Adán Humberto Bahl y le prendan fuego con la familia adentro».

 

La denuncia de Bahl se presentó en Fiscalía el 22 de mayo de 2020.

 

Bahl aseguró que Prestofelippo sería responsable de “haber incitado a través del documento audiovisual subido al Canal de la Red Social Youtube y estrenado el 2 de mayo de 2020 que se titula ‘Violadores y asesinos libres ¿dónde están las feministas?’ Interna K (sic) a los trabajadores municipales a que vayan a la casa del intendente de la Municipalidad de la ciudad de Paraná, Adán Humberto Bahl y le prendan fuego con la familia adentro”.

 

En 2020 había sido denunciado por el intendente de Paraná, Adán Bahl, luego de que publicara en redes sociales un video en el que instaba “a los trabajadores municipales a que vayan a la casa del intendente de la Municipalidad de la ciudad de Paraná, Adán Humberto Bahl y le prendan fuego con la familia adentro».

 

La situación derivó en el hecho de que, efectivamente, algunos empleados municipales acudieron por esos días a la casa de Bahl, y éste debió reforzar la seguridad de su vivienda, instalando más cámaras. Además, su hijo más chico demostró temor por lo que debió ser acompañado para concurrir a clases.“Hubo una convocatoria. Fue todo un plan deliberado. El video no fue un vivo, como dijo el imputado, sino que fue editado. Ese video se mantiene en forma pública hasta el día de la fecha. Ese video delictual fue editado. Tiene cortes”, detalló.

Ramírez Montrull reprochó el arrepentimiento que expresó Prestofelippo. “No hay arrepentimiento. No hay conducta externa que demuestre ese arrepentimiento que expresó. Por ejemplo, no bajó el video de las redes. Además, fue incómoda la forma en la que se dirigió a Bahl frente al tribunal, en tono burlón. No hubo arrepentimiento porque volvió a atacar al denunciante. Su pedido de perdón no tuvo ninguna manifestación externa”, planteó.

 

Luego, el fiscal pidió que se le aplique a “El Presto” 2 años y 10 meses de prisión de ejecución condicional bajo el cargo de instigación a cometer delitos. Se le aplique una multa de $90 mil y se imponga como norma de conducta la realización de tareas comunitarias, la realización de un curso sobre Derechos Humanos, la prohibición de realizar actos molestos hacia la víctima o su familia, y se le imponga también la prohibición de mencionar a Bahl en lo que hace a su vida privada. El fiscal pidió también el decomiso y se ordene bajar el video de todas las redes sociales.

 

El defensor Augusto Lafferriere negó la existencia de delito y pidió la absolución para “El Presto”. Al respecto, planteó: “En un hecho histórico, el Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de prisión a un periodista por haber efectuado un editorial que no es del agrado del poder de turno de ese momento”.

 

Dijo que “la tesis de la defensa es la inexistencia de responsabilidad penal” en el hecho. “El video fue hecho en contexto de la pandemia y ante la impotencia frente a la corrupción. Una sensación de hastío. Estamos juzgando no a las personas que hicieron daño a la población, sino a quien por un canal privado manifiesta su descontento. La Fiscalía estuvo cuatro años persiguiendo al periodista díscolo por no acatar las políticas editoriales que impartía el poder”, reseñó.

 

“Entendemos que hay que absolver a Prestofelippo de culpa y cargo por cuanto no hay delito”, cerró.

 

 

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